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Banco Caroní ofrece a todos sus clientes la posibilidad de tener una Cuenta en Dólares sin tener que viajar al exterior.

¿Qué es un Cuenta en Moneda Extranjera?

Es un producto financiero diseñado por el Ejecutivo Nacional como parte del conjunto de políticas monetarias adoptadas para el manejo de las operaciones en divisas, en el marco del control de cambios.

¿A quién está dirigida la Cuenta en Moneda Extranjera?

Personas naturales (mayores de edad), personas jurídicas residentes en el territorio nacional y personas jurídicas no domiciliadas en Venezuela que participen en la ejecución de proyectos de inversión pública para el desarrollo de la economía y la producción nacional.

¿Para qué sirve la Cuenta en Moneda Extrajera?

 Para acceder al SICAD II 

¿Cuáles son los requisitos para abrir una Cuenta en Moneda Extranjera?

Los mismos que se solicitan para la cuenta en bolívares:

  • Sin monto mínimo de apertura.

Personas Naturales

  • Cédula de Identidad laminada o pasaporte vigente.
  • Tres (3) referencias (personales,comerciales o bancarias), por escrito.
  • Carta de Residencia y/o Recibo de Servicios Públicos.
  • Constancia de trabajo o certificación de ingresos.

Personas Jurídicas Domiciliadas en el País

  • Cédula de Identidad laminada o pasaporte vigente, de la (s) persona (s) autorizada(s) a movilizar la cuenta.
  • Documento Constitutivo de la Empresa.
  • Registro de Información Fiscal(R.I.F.). 
  • Tres (3) referencias Personales,Bancarias o Comerciales.
  • Fotocopia del Acta por modificaciones(sí las hubiera).
  • Registro de Firma Personal (R.F.P.) o Copias Certificadas expedidas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, de los documentos constitutivos de la empresa, sus estatutos sociales y modificaciones posteriores, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o Civil (en caso de Personas Jurídicas domiciliadas en el País). 
  • Documento Constitutivo y poderes de representantes legales, debidamente legalizado

 Personas Jurídicas No Domiciliadas en el País

  • Documento Constitutivo de la Empresa registrado en el país de origen y legalización ante el consulado, embajada o en el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Original y copia certificada de la inscripción ante la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX).
  • Contrato de ejecución de obras firmadas entre la empresa extranjera y la empresa venezolana pública o privada, dicho contrato deberá estar registrado dentro del país de acuerdo con la legislación vigente en esta materia. 
  • Copia del documento de identidad del país de origen y copia de los pasaportes de cada una de las personas que tienen firmas autorizadas dentro de la empresa extranjera para abrir, cerrar y movilizar cuentas y fondos dentro y fuera de su país de origen.
  • El Documento Legal otorgado de conformidad con el procedimiento de Apostilla de acuerdo al Convenio de La Haya de fecha 05 de Octubre de 1961 o,en su defecto, contar con la legalización de los documentos públicos en el país de origen; en ambos casos deberá estar debidamente traducido al castellano por intérprete público de conformidad con el artículo 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

¿Qué tipo de transacciones podrán realizarse a través de Moneda Extranjera?

Transferencias que podrán realizarse y recibirse de otras cuentas en el exterior, aunque no será posible realizar las entre cuentas abiertas en bancos venezolanos. 

  • Los depósitos en moneda extranjera se podrán movilizar a través de retiros,totales o parciales, en moneda nacional, al cambio oficial vigente para el momento de la transacción.
  • Las Personas Jurídicas no domiciliadas en el territorio venezolano pueden movilizar los recursos mediante retiros parciales o totales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente o mediante transferencia o cheque del Banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior.
  • Próximamente estas cuentas dispondrán de una Tarjeta de Débito para que las personas naturales puedan retirar sus divisas, a través de cajeros automáticos en el exterior, y puntos de venta.
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