Términos y Condiciones Caroní Pagos Comercio
OFERTA PÚBLICA
Quien suscribe, Arístides Maza Tirado, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.025.035, domiciliado en Puerto Ordaz, actuando en nombre y representación del BANCO CARONÍ, C.A., BANCO UNIVERSAL domiciliado en Ciudad Guayana, domiciliada en Ciudad Guayana, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, inscrito por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 20 de Agosto de 1981, bajo el Nº 17, Tomo A Nº 17, folios 73 al 149, siendo la última de sus modificaciones inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Bolívar, con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, Estado Bolívar en fecha 04 de agosto de 2016, quedando anotada bajo el Nº 28, Tomo 76-A REGMERPRIBO del año 2016, asimismo inscrito en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Número J-09504855-1, debidamente facultado para este acto según se evidencia de los Estatutos Sociales del BANCO, en lo sucesivo y a los efectos de este contrato denominado BANCO, por el presente documento declaro: Que mi representado ha resuelto establecer los TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO DE BANCO CARONÍ C.A. BANCO UNIVERSAL a los fines de la presente Oferta Pública, cuyos efectos legales empezarán a regir a partir de su publicación quedando expresamente entendido que toda persona natural o jurídica, en lo adelante denominada CLIENTE que solicite al BANCO la prestación de este Servicio, con sólo afiliarse al mismo, conviene expresa e indubitablemente en adherirse a las condiciones establecidas en esta Oferta Pública cuyo contenido y alcance declara de manera expresa conocer y aceptar en su totalidad, las cuales se establecen a continuación:
DEFINICIONES: Con el fin de facilitar la interpretación, integración y ejecución de las disposiciones contenidas en la presente Oferta Pública se establecen las siguientes definiciones, las cuales, tendrán el significado aquí expuesto y podrán utilizarse en singular, plural, mayúscula o minúscula, salvo que del texto contractual se desprenda una interpretación diferente, en tal sentido se entenderá: BANCO: Corresponde a Banco Caroní, C.A. Banco Universal, persona jurídica identificada en el encabezado de este documento. CLIENTE: Corresponde a la persona jurídica y natural estrictamente constituida bajo la figura de firma personal debidamente registrada, titular de una Cuenta de depósito a la vista en BANCO quien, luego de afiliarse al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, conforme al procedimiento señalado a tal efecto por BANCO, podrá recibir transferencias electrónicas de fondos en las cuentas que hayan sido objeto de afiliación al Servicio. AFILIACIÓN: Se refiere a la acción realizada por el CLIENTE para incorporarse al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO de acuerdo con las disposiciones contenidas en la presente Oferta Pública. BANCO EMISOR: Corresponde a la institución bancaria miembro del Sistema Financiero Nacional, afiliado a los servicios de conexión e interconexión prestados por las redes CORPORACIÓN SUICHE 7B, C.A. (SUICHE 7B) y PROYECTOS CONEXUS, C.A. (CONEXUS), que se encarga de iniciar o ejecutar una transacción de Pago Móvil Interbancario, según se entiende en los respectivos manuales de funcionamiento de dichos servicios de conexión e interconexión, y que es quien envía los fondos al BANCO RECEPTOR. BANCO RECEPTOR: Corresponde a la institución bancaria miembro del Sistema Financiero Nacional, afiliado a los servicios de conexión e interconexión prestados por las redes CORPORACIÓN SUICHE 7B, C.A. (SUICHE 7B) y PROYECTOS CONEXUS, C.A. (CONEXUS), que recibe los fondos de una transacción de Pago Móvil Interbancario, según se entiende en los respectivos manuales de funcionamiento de dichos servicios de conexión e interconexión. CUENTA: Corresponde a la cuenta de depósito a la vista (independientemente de su clase o naturaleza) que mantiene CLIENTE en BANCO y que se encuentra asociada al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO donde serán abonados y/o debitados los pagos (transferencias de fondos) realizados a través de este Servicio. CLAVES DE ACCESO: Son las claves de identificación personal creadas por CLIENTE a fin de poder ingresar al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. DESAFILIACIÓN: Es el proceso mediante el cual CLIENTE desincorpora o desactiva el SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO ofrecido por BANCO. E- MAIL: Dirección de correo electrónico mediante la cual el usuario de un dispositivo electrónico, con su respectiva identificación y en los términos particulares convenidos a tal efecto, puede intercambiar información con otras personas o grupo de ellas, a través de redes de comunicaciones. En este caso del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, el BANCO podrá enviar información al CLIENTE, relativa a confirmación de las operaciones efectuadas. En los casos en que el CLIENTE acceda al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO a través del SERVICIO CLICK CARONÍ, la confirmación de las transacciones la recibirá a través de un mensaje de texto (SMS) y/o de su correo electrónico (e-mail) registrado en el BANCO. LÍNEA DE TELÉFONO MÓVIL: Es el número de teléfono móvil y/o celular asignado al CLIENTE por una operadora de telefonía móvil autorizada para actuar en la República Bolivariana de Venezuela, y que el CLIENTE asocia al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO: Corresponde al servicio ofrecido por el BANCO que permite al CLIENTE recibir pagos al instante, mediante el uso de emulador de aplicación en un computador, tableta o teléfono móvil (número de celular) registrado en el BANCO, en la cuenta afiliada a este Servicio. A través de este Servicio el CLIENTE podrá realizar operaciones bancarias de recepción de fondos, con ocasión a la venta de sus productos o la prestación de sus servicios, provenientes de Cuentas del BANCO o Cuentas de otras instituciones bancarias que formen parte del Sistema Financiero Nacional. Este Servicio se encuentra regulado por los términos y condiciones establecidos en la presente Oferta Pública. SERVICIO CLICK CARONÍ: Corresponde al servicio de Banca por Internet propio del BANCO, que constituye un canal electrónico utilizado por él para ofrecer a sus Clientes sus productos o servicios y cuyo documento regulatorio ha quedado registrado en el Registro Mercantil Primero del Estado Bolívar, en fecha 24 de Mayo de 2016, bajo el No. 17, Tomo 49-A REGMERPRIBO. El CLIENTE accede a este Servicio a través de la página web http://www.bancocaroní.com.ve al que deberá afiliarse mediante la verificación de su identidad por intermedio de factores de autenticación dispuestos al efecto, para poder efectuar diferentes tipos de transacciones, consultas y demás operaciones disponibles, según las especificaciones que el BANCO haya dispuesto para su uso debiendo el CLIENTE afiliarse previamente para, a través de él, afiliar el SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. TABLA DE TARIFAS Y COMISIONES: Corresponde al listado publicado por el BANCO mediante avisos colocados en sus agencias, sucursales, oficinas y/o en cualesquiera otros canales señalados en la normativa vigente, en el que se establecen las tarifas, montos o comisiones que el CLIENTE debe pagar y que han sido aprobadas por el Banco Central de Venezuela (BCV) o por el organismo que resulte competente para ello, así como cualesquiera otros cargos o abonos que se cobrarán al CLIENTE como contraprestación por el uso de los productos y servicios que le sean suministrados por BANCO. TARJETA DE COORDENADAS: Corresponde a la Tarjeta contentiva de una combinación aleatoria de letras y números que el CLIENTE debe descargar e imprimir al momento de ingresar al SERVICIO CLICK CARONÍ, la cual es distinta a la Tarjeta de Débito o Crédito de la que pueda ser titular el CLIENTE, la misma es necesaria para poder realizar operaciones de afiliación, desafiliación o movilización de montos a las cuentas que ha afiliado al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. Esta Tarjeta es personalizada e intransferible y el CLIENTE es el único responsable de su resguardo, custodia y empleo. PRIMERA: El BANCO le ofrece al CLIENTE el SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO regulado por las disposiciones de la presente Oferta Pública. Mediante este Servicio el CLIENTE podrá recibir al instante, en la cuenta afiliada a éste, el pago por la venta de sus productos o la prestación de sus servicios; dicho pago podrá provenir de Cuentas existentes en el BANCO o de Cuentas de otras instituciones bancarias que formen parte del Sistema Financiero Nacional. Estas operaciones se efectuarán en línea y al instante, sin perjuicio de las condiciones establecidas por otras instituciones bancarias en la prestación de sus servicios. Para ello, el CLIENTE podrá hacer uso de un emulador de aplicación en un computador, tableta o teléfono móvil (número de celular) registrado en el BANCO, una vez que haya completado el registro, afiliación o activación del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO a través del SERVICIO CLICK CARONÍ, oportunidad a partir de la cual se entenderá que ha aceptado a plenitud todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este documento y en el documento denominado “CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO CLICK CARONÍ” que constan en documento registrado en el Registro Mercantil Primero del Estado Bolívar, en fecha 24 de mayo de 2016, bajo el N° 17 Tomo 49-A REGMERPRIBO, cuyos términos y condiciones se dan aquí por reproducidos íntegramente al constituir los mismos, conjuntamente con las estipulaciones de este documento, las normas y procedimientos a los que se hace mención en ellos, el(los) Contrato(s) de Cuenta(s) Corriente(s), Cuenta(s) de Ahorro(s), el régimen contractual del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, las cuáles CLIENTE ha tenido para su revisión, lectura y comprensión en la página web de BANCO. SEGUNDA: El CLIENTE autoriza al BANCO para realizar los correspondientes cargos, débitos y abonos en la Cuenta respectiva, por los montos que le indique al momento de efectuar cada pago u operación. Queda expresamente establecido que la Cuenta o Cuentas sobre las que se realizarán los débitos o que recibirán abonos continuarán sujetas a las disposiciones particulares que las regulan según su naturaleza. TERCERA: El SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, estará a disposición del CLIENTE las 24 horas del día los 365 días del año a través de una plataforma tecnológica confiable y sujeta a diversos controles. Para el registro o afiliación a este Servicio, a través del SERVICIO CLICK CARONÍ, se deberá emplear la TARJETA DE COORDENADAS, y las notificaciones de las transacciones realizadas o recibidas se efectuarán a través de la dirección de correo electrónico (E-Mail) y/o de Mensajes de Texto (SMS) enviados al número celular que el CLIENTE tenga registrado en el BANCO. Cabe destacar, que el enrutamiento de las transacciones se realizará a través de las redes interbancarias. CUARTA: El CLIENTE entiende y acepta que pudieran existir hechos fortuitos o causas de fuerza mayor, incluidos hechos de terceros no imputables al BANCO, que causen una interrupción total o parcial del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, entendiendo el CLIENTE expresamente que tales hechos escapan de la previsibilidad del BANCO. En los casos de que por razones de orden técnico, de seguridad, mantenimiento, u otra causa justificada, el BANCO tuviera que restringir o suspender temporalmente el Servicio referido en la presente Oferta Pública informará de ello al CLIENTE a través de cualquiera de sus medios de comunicación, medios electrónicos, tecnológicos o cualesquiera otro canal que pudiese ser admitido legalmente o incorporado a tales fines en el futuro o a través de su página web www.bancocaroni.com.ve. QUINTA: Para la prestación del Servicio, el BANCO podrá establecer límites máximos diarios o mensuales para las transacciones u operaciones de pago o abonos mediante el uso del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, de conformidad con la normativa que resulte aplicable, sin necesidad de realizar alguna notificación previa al CLIENTE. SEXTA: El SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO podrá ser utilizado por el CLIENTE, a través de un emulador de aplicación en un computador, tableta o teléfono móvil (número de celular que podrá ser uno por cada sucursal o uno que opere de igual forma para la totalidad de sucursales que tenga) registrado asociados a la Cuenta que mantenga en el BANCO afiliada al Servicio. Para la recepción de sus pagos por la venta de productos o la prestación de sus servicios, el CLIENTE solicitará a su comprador o beneficiario de servicios que éste le aporte los datos correspondientes a número de cédula de identidad, número de teléfono móvil que se encuentre afiliado a un Servicio de Pago Móvil y TOKEN, Código QR o Clave de un solo uso. El comprador o beneficiario del CLIENTE podrá realizar sus pagos a través de Cuentas existentes en el BANCO o de Cuentas de otras instituciones bancarias que formen parte del Sistema Financiero Nacional. Después de recibidos sus pagos el CLIENTE podrá movilizar su Cuenta conforme a la operatividad regular de la misma. SÉPTIMA: Las operaciones de recepción de fondos entre cuentas interbancarias se realizarán en línea, sin perjuicio de las condiciones establecidas por otras instituciones bancarias en la prestación de los servicios correspondientes. No obstante, cuando el BANCO se encuentre en una posición de BANCO EMISOR, es decir, de quien ejecuta la transacción de Pago, podrá realizar un bloqueo preventivo por un lapso de hasta 24 horas hábiles hasta recibir la respuesta de confirmación aportada por BANCO RECEPTOR, sin que esto constituya o signifique una causa de suspensión o terminación del Servicio ofrecido al CLIENTE, ello con con el propósito de facilitarle al CLIENTE el resguardo de los fondos de sus cuentas, así como el mantenimiento y adecuado manejo de ellas. OCTAVA: Queda expresamente entendido y en conocimiento del CLIENTE que para tener acceso al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO en cualquiera de sus modalidades (APP-SMS-Click Caroní-USSD según seleccione), deberá realizar la correspondiente afiliación a través del SERVICIO CLICK CARONÍ seleccionando la opción “CARONÍ PAGOS COMERCIO”. El CLIENTE podrá acceder al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO vía Web, a través del SERVICIO CLICK CARONÍ, EMPRESAS, utilizar la opción ubicada en el Menú Mis Pagos, seleccionando la opción “CARONÍ PAGOS COMERCIO” para realizar el registro y aceptación del Servicio, lo cual podrá hacer empleando cualquier equipo o instrumento electrónico. Al momento de registro o activación del Servicio el CLIENTE deberá señalar la cuenta afiliada y el número de celular para las operaciones de recepción de pagos, pudiendo seleccionar un número móvil o de cuenta receptora para cada sucursal, oficina o representación que afilie al Servicio. NOVENA: En todos los casos, para que proceda la correcta activación y afiliación de este Servicio, el CLIENTE deberá aportar los datos de nivel de autenticación respectivo y su número de identificación correspondiente, así como los números de teléfono móvil y cuentas a ser afiliados al SERVICIO. Queda expresamente entendido que el CLIENTE no podrá reclamar al BANCO en caso de errores, desviaciones, confusiones u otras circunstancias de similar naturaleza, en la identificación en montos o números de cuenta y teléfono en las que incurra o pueda incurrir en la oportunidad en que realiza la afiliación, registro, transacción u operación correspondiente, entendiéndose que, el CLIENTE nada podrá reclamar al BANCO, en caso de que se efectúen transacciones u operaciones que, por cualquier causa, resulten de afiliaciones o instrucciones erróneas, confusas o equívocas emanadas del CLIENTE, en la utilización del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. DÉCIMA: El CLIENTE tiene la obligación de hacer un uso responsable del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, así como en lo que respecta al empleo de los datos de autenticación correspondientes y/o la clave de identificación personal que le sea requerida al momento de afiliación de su cuenta ya que el BANCO, ha tomado como elementos fundamentales las características, cualidades y demás particularidades del CLIENTE, así como con relación al número móvil correspondiente que tiene registrado en su cuenta. A todo evento se entiende que la aceptación de los términos de este contrato y del empleo del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO corresponden a un contrato intuitu personae, en consecuencia, el CLIENTE mantendrá la absoluta discreción y reserva de las claves de identificación personal, números telefónicos o de registro que correspondan, a mantenerlas resguardarlas con absoluta confidencialidad y se obliga a no divulgarlas, bajo ninguna circunstancia. UNDÉCIMA: Para el momento de afiliación al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO, el CLIENTE deberá disponer de un teléfono móvil inteligente con un número de celular activo con alguna operadora de telefonía móvil con capacidad de enviar y recibir mensajes de texto, y estar afiliado al Servicio de Mensajería de Texto (SMS) del operador de servicio móvil que corresponda, así como al del BANCO, quien sólo permitirá la afiliación de un número móvil o de cuenta receptora para cada sucursal que mantenga CLIENTE. El servicio de telefonía móvil deberá ser prestado a través de las redes u operadoras de telefonía móvil autorizadas para operar en la República Bolivariana de Venezuela. El dispositivo móvil inteligente debe estar operativo, lícitamente conectado a una de las redes de telefonía móvil celular, debe tener activado el servicio de navegación de internet, plan de datos o wi-fi y estar al día respecto al pago de sus obligaciones. La aplicación está contemplada para ser instalada en las plataformas Android e IOS, en consecuencia sus características técnicas deberán permitir el envío o recepción de transferencias de fondos entre Cuentas ya que la utilización de este SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO conlleva la disponibilidad inmediata de fondos, además de permitir la consulta de movimientos y servicio en tiempo real. Sólo los usuarios afiliados a esta modalidad de pago móvil interbancario, enviarán y recibirán pagos a través de este Servicio. DUODÉCIMA: El SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO es ofrecido al CLIENTE a través del servicio de telefonía móvil con el registro de un número de celular cuya adquisición y mantenimiento corre por la exclusiva cuenta y riesgo del CLIENTE quien elige a su discreción a) el Proveedor de Servicios de Telefonía Móvil; b) la cobertura o plan contratado para usar la línea de telefonía móvil; c) el costo de ese servicio; d) la forma y medio de pago para mantener activa la línea de teléfono móvil; e) se compromete a utilizar el SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO conforme a los términos establecidos en el presente Contrato; f) Resguardar de manera confidencial los datos necesarios para ingresar al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO (Claves de Acceso), de manera que no podrá permitir que terceras personas utilicen su identidad para realizar operaciones a través del SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO; g) Suministrar datos ciertos, legítimos y precisos, así como a mantener actualizada dicha información; y h) cualquier otra circunstancia que exija el Proveedor de Servicios de Telefonía Móvil para mantener habilitado y activo el servicio de telefonía móvil. Queda expresamente entendido que es responsabilidad exclusiva del CLIENTE, todo lo que se relacione de manera directa o indirecta con la titularidad sobre la línea de teléfono móvil, así como sus obligaciones y compromisos frente al operador telefónico correspondiente, por lo que se entiende y acuerda expresamente que el BANCO no tiene obligación de comprobar la propiedad y titularidad del registro numérico, de la línea telefónica, del chip o de cualquier otro elemento electrónico o incluso del dispositivo mismo, por ser tales aspectos de la exclusiva responsabilidad del CLIENTE, toda vez que la utilización de tales canales para la prestación del Servicio aquí regulado, forma parte de su propia elección y del ejercicio de su voluntad, y no conlleva bajo ningún concepto, un supuesto de actuación conjunta o de responsabilidad alternativa o solidaria entre CLIENTE y BANCO. Cualquier cancelación, falla, interrupción, restricción, suspensión u otra circunstancia que impida el acceso al servicio o línea de teléfono móvil, tableta o computadora deberá ser resuelta y solucionada directamente por el CLIENTE con su Proveedor de Servicios o Línea de Telefonía Móvil, por tanto, el BANCO no tiene ninguna responsabilidad en el costo, calidad, vigencia, ni con ningún otro aspecto derivado directa o indirectamente de la relación entre el CLIENTE y su Proveedor de Servicios de Telefonía Móvil. El BANCO tampoco será responsable, ni asumirá ningún costo, gasto ni indemnización, si por cualquier circunstancia no fuere posible instalar el Aplicativo en el Dispositivo Móvil adquirido por el CLIENTE y, en consecuencia, queda liberado de cualquier responsabilidad en este particular. Así mismo, el BANCO no asume obligación o responsabilidad alguna frente al respectivo operador telefónico del servicio por cualquier tipo de errores, datos, registros, titularidad, y demás consecuencias derivadas del uso o empleo de la línea telefónica que el CLIENTE emplee para la afiliación a este SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO. DÉCIMA TERCERA: Queda expresamente convenido que el CLIENTE es absolutamente responsable sobre la ocurrencia de los siguientes supuestos:- a) Por suspensión parcial o total del servicio telefónico, o línea de teléfono móvil inteligente derivado del servicio correspondiente a la operadora telefónica, cualquiera fuere la causa;
- b) Por causas de extravío, hurto, robo, desaparición, decomiso, avería, del teléfono móvil inteligente, tableta o computador afiliado al Servicio, o cualquier otra circunstancia que implique la desposesión o imposibilite o dificulte el acceso a ellos;
- c) En el supuesto que, por cualquier otra circunstancia, dicho equipo o teléfono móvil inteligente, tableta o computador afiliado al Servicio llegare a estar en posesión de terceras personas, incluyendo el registro numérico, la línea telefónica, el chip o cualquier otra parte o accesorio electrónico, así como al dispositivo mismo.
- d) En el caso de negligencia por parte del CLIENTE en la custodia, reserva y discreción que ha de tener respecto del uso del servicio;
- e) En razón de cualquier modificación técnica que así lo amerite o supresión general que realice del servicio;
- f) Cualquier otra circunstancia que afecte directa o indirectamente al CLIENTE y que le impida tener acceso al SERVICIO CARONÍ PAGOS COMERCIO.